El Gobierno y choferes reglamentarán decreto
Economía
Transportistas levantan el paro de 48 horas. Una comisión mixta trabajará sin modificar la norma dictada.
El Gobierno y la Confederación Sindical de Choferes de Bolivia trabajarán en el Reglamento del Decreto 0420, que endurece las sanciones a los choferes, dueños y operadores de las flotas de transporte interprovincial e interdepartamental responsables de accidentes.
El acuerdo se dio luego de dos días de diálogo entre los ministros de Obras Públicas, Wálter Delgadillo, y de Gobierno, Sacha Llorenti, con dirigentes de los choferes liderados por Franklin Durán. Con este acuerdo, los transportistas levantaron el paro.
El Ministro de Obras Públicas, en conferencia de prensa, informó ayer que el acuerdo logrado la noche del domingo ratifica la revocatoria definitiva de la licencia de conducir de los choferes que sean sorprendidos manejando en estado de ebriedad.
Así aclaró, una vez más, que el decreto no será modificado como lo solicitaron los choferes.
Sin embargo, la autoridad aclaró que “se reglamentará (el decreto) para ver los procedimientos concretos de su aplicación”.
El secretario ejecutivo de la Federación de Choferes de La Paz, René Vargas, que asistió a las dos jornadas de diálogo, señaló que el reglamento del Decreto 0420 debería establecer que las sanciones sean únicamente contra el chofer que conduce el vehículo y no así a la compañía de transporte, como ocurrió con Cosmos. Que no se sancione al operador ni al propietario, dijo. “Si bien se indetifica a un chofer en estado de ebriedad, de acuerdo, que se lo meta a la cárcel, pero no por él todos los del sindicato deben pagar”, agregó.
Sin embargo, ayer el ministro Delgadillo señaló que “la idea de la corresponsabilidad está claramente identificada en el decreto”, y ratificó que no será modificada. La norma establece sanciones contra del operador, propietario del bus y el conductor que provoque, en estado inconveniente, algún accidente de tránsito.
Sanciones dispuestas en el Decreto 0420 Sanciones: A la empresa que vulnere el DS, por primera vez, se le suspende las operaciones por treinta días calendario.
Retiro: En la segunda ocasión se revoca la tarjeta de operación de la empresa de transporte público.
Conductor: La primera vez, se suspende al condutor por un año y en la segunda de manera definitiva.
Operadores: La primera vez suspende operaciones por 30 días; la segunda por un año, y la tercera de forma definitiva.
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